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Ayudas al alquiler de un piso en Palma

Hasta el día 15 de noviembre de 2021 se pueden solicitar las ayudas al alquiler del Govern de les Illes Balears. 

Más información: CONVOCATORIA AYUDAS AL ALQUILER 2021

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Preguntas frecuentes al alquilar un piso


1. ¿Cuánto puede durar el contrato de alquiler?

La duración del alquiler de un piso en Palma se pactará libremente por las partes. Se entenderá de un año para los contratos que no especifiquen el plazo y se prorrogará obligatoriamente año tras año hasta el plazo máximo de 3 años. Transcurrido este plazo de cinco años, el alquiler se prorrogará 1 año más.


2. ¿Se puede exigir al inquilino una permanencia mínima de un año?

Esta cláusula se incluye con frecuencia en los contratos de alquiler de pisos en Palma pero no se ajusta a la legalidad. El inquilino puede dar por finalizado el contrato una vez transcurridos los primeros seis meses siempre que avise con una antelación mínima de treinta días. Cuando en el contrato se pacta una cláusula de penalización, el propietario sí que podrá tener derecho a una indemnización de una mensualidad por cada año de contrato que quede por cumplir. Y en los periodos de tiempo inferiores a 12 meses, con una cantidad proporcional.


3. ¿Puede el propietario recuperar la vivienda antes del vencimiento del contrato?

Durante el primer año del contrato no es posible que el propietario recupere la vivienda. Pasado este tiempo, deberá comunicar con un mínimo de dos meses de antelación la necesidad de utilizarlo, pero siempre tiene que estar destinado a residencia habitual pera él, familiares de primer grado (hijo o padres) o cónyuge en caso de divorcio o nulidad matrimonial.


4. ¿Es obligatorio pedir fianza al inquilino?

En el momento de firma del contrato de un piso en Palma será obligatoria la prestación de fianza en metálico. La fianza tiene que restituirse al inquilino al final del alquiler, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el propio inquilino.
La devolución íntegra de la fianza se llevará a cabo siempre y cuando el piso esté en perfecto estado. Si al abandonar el piso el dueño comprueba que se han producido daños o desperfectos en él descontará los gastos de reparación del importe de la fianza a devolver.


5. El piso que queremos alquilar nos piden 3 meses de fianza, ¿es legal?

Es legal. La fianza sirve para la reparación de desperfectos si los hubiera, una vez que se entregue el piso. Otro tema distinto es el aval o garantía de impago que piden los caseros, que serviría para el caso en el que el inquilino deje de pagar. Ese dinero compensaría las rentas dejadas de cobrar mientras se siguen los trámites para el desahucio, en el supuesto de que el inquilino ni pague, ni entregue la vivienda.

Considerando que lo que marca la Ley de fianza es un mes podría considerarse que esos dos meses adicionales podrían ser en sustitución del aval que se suele pedir como garantía de pago de la renta.


6. ¿Quién se hace cargo de las reparaciones de la vivienda alquilada?

El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido. Esto es, todas las reparaciones estructurales y esenciales de la vivienda: Entre otras: reparar, renovar o sustituir cualquier elemento de las instalaciones de conducción de agua y desagüe; Mantener y conservar el techo, las paredes y suelo; Solucionar cualquier problema relacionado con la instalación eléctrica, las tuberías y la calefacción; Reparar y sustituir cualquier electrodoméstico averiado si no se trata de averías menores como la rotura de un piloto o el fallo o desmejora de un filtro.

En cambio, el inquilino debe asumir las reparaciones derivados de cualquier desperfecto ocasionado por el uso cotidiano de la vivienda: cambiar una bombilla, un interruptor, la reparación de una puerta o la cadena del baño o la correa de la persiana, etc.


7. ¿Quien paga en IBI en un alquiler?

El arrendador, en su condición de propietario del inmueble, es el obligado a hacer frente a los impuestos que recaen sobre la vivienda, como por el ejemplo el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). A pesar de esto, debes tener en cuenta que los gastos que existen en un piso alquilado en Palma pueden ser pactados entre el inquilino y el propietario a la hora de firmar el contrato, por lo que es posible que una condición del contrato sea que el IBI lo pague el inquilino. La Ley establece en su artículo 20 que "las partes podrán pactar los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades".


8. Qué razones permiten al propietario exigir la finalización del contrato?

La casuística es variada. Las más habituales son la falta del pago de la renta, la fianza o cualquier otra cantidad estipulada por contrato, por le subarriendo del piso sin permiso de la propiedad, por daños o mal uso de la vivienda o por obras no consentidas. También se puede reclamar en caso que la vivienda no se use, que el inquilino vulnere las normas de convivencia o realice actividades molestas, insalubres, nocivas o ilícitas. Por otro lado, el inquilino podrá rescindir el contrato si el arrendador no hace las reparaciones necesarias o lleva a cabo algún tipo de perturbación en la utilización de la vivienda.

 

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